Si poseés un inmueble desde hace años pero no tenés la escritura a tu nombre, estás en una situación de vulnerabilidad jurídica. En nuestro estudio, somos especialistas en sanear títulos y regularizar la propiedad inmueble en toda la Provincia de Córdoba, brindándote la seguridad de que tu esfuerzo y el de tu familia queden protegidos para siempre.
NUESTROS SERVICIOS DE REGULARIZACIÓN:
JUICIO DE USUCAPIÓN (PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA): Iniciamos el proceso judicial para que, tras acreditar la posesión veinteañal, el juez dicte la sentencia que se inscribirá como tu nuevo título de propiedad en el Registro de la Propiedad.
REGISTRO DE POSEEDORES (LEY 9150): Gestionamos la inscripción de tu posesión ante la Unidad Ejecutora de Saneamiento de Títulos de Córdoba. Este es un paso fundamental para obtener el "reconocimiento de poseedor", permitiéndote declarar tu derecho ante el Estado y terceros mientras se cumple el plazo para la usucapión.
MENSURAS PARA USUCAPIÓN: Coordinamos con equipos de agrimensores matriculados la confección del plano de mensura indispensable para el inicio de cualquier trámite de saneamiento.
DEFENSA DE LA POSESIÓN: Intervenimos en juicios de reivindicación o desalojo para proteger tu derecho sobre la tierra que habitas o trabajas.
1. ¿CUÁNTOS AÑOS DEBO VIVIR EN EL LUGAR PARA SER DUEÑO? La ley establece que, si no tenés un "justo título", necesitás acreditar 20 años de posesión pública, pacífica, continua e ininterrumpida. Si tenés un boleto de compraventa u otro documento legal, este plazo puede reducirse en ciertos casos.
2. ¿QUÉ PRUEBAS SON NECESARIAS? No basta con vivir ahí. El juez pedirá pruebas de "ánimo de dueño": pago de impuestos y servicios, mejoras realizadas (construcciones, cercados), testigos, facturas de materiales y cualquier acto que demuestre que te has comportado como dueño durante 20 años.
3. ¿QUÉ ES EL REGISTRO DE POSEEDORES Y PARA QUÉ SIRVE? Es un trámite administrativo en la Provincia de Córdoba que otorga una "Resolución de Poseedor". No es una escritura, pero es una prueba oficial de tu posesión que te protege frente a intentos de desalojo, te permite acceder a ciertos servicios públicos y facilita el futuro juicio de usucapión. Nosotros realizamos toda la gestión ante la Ley 9150.
4. ¿PUEDO VENDER UN INMUEBLE QUE NO TIENE ESCRITURA? Lo que se vende en ese caso es la "Cesión de Derechos Posesorios". Nosotros redactamos estos contratos por escritura pública para asegurar que la transmisión sea legalmente válida y el nuevo poseedor pueda continuar computando tus años de antigüedad.